domingo, 28 de noviembre de 2010

MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN

Semántico o gramatical: Por el que de la simple lectura se desprende sin reparo alguno en la descripción de que se trate, el supuesto describe literalmente la realidad.

Lógico: Es el que exige la realización de operaciones mentales para la prosecución de inferencias; dichas operaciones se basan en la analogía, la mayoría de razón y contrario sensu.

 

Interpretación jurídica: Es la comprensión del sentido que legislador dio a la norma en el momento de ser dictada, por lo que podemos decir que se trata de reconocer la ratio legis, es significa que reflexiona acerca de las causas, motivos y razones que definieron la creación de la norma.

  • Funcional.
  • Sistemática.
  • Teleológica.
  • Armónica.
  • Histórica.
  • Sociológica.

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