domingo, 29 de mayo de 2011

INTRODUCCIÓN A LA SOCIOLOGÍA JURÍDICA.

LA SOCIOLOGÍA JURÍDICA FRENTE A LA FILOSOFÍA.



"...los productores del derecho no son sociólogos, sino políticos entre los cuales hay muy pocos científicos entonces resulta perfectamente comprensible que el discurso del derecho no hable “cientificamente” de las relaciones sociales, “mienta” sobre ellas, y las oculte."
P. 133


Retoma el concepto de derecho desde la perspectiva del discurso prescriptivo elaborado por los detentadores de poder reconocido como legítimo, o bien por la mayor parte de la población de un país o por sus fuerzas armadas y que organiza la violencia que se legítima por el reconocimiento del discurso como "derecho".

Nos aproxima al concepto sociología  comprendiéndola como el estudio de los social que tiene como base la naturaleza biológica del hombre. Toda conducta humana es objeto de la sociología.

La acción social para Max Weber.

La acción social se distingue de cualquier otro fenómeno humano porque su autor piensa dirigirse con ella a otra persona, siendo entonces el pensamiento el que determina lo social, factor enteramente subjetivo. Comprende a  la "acción" humana como la conducta por la que el sujeto enlaza la acción a un sentido subjetivo. 

La sociología se ocupa sólo de las acciones en las que su autor pone el ingrediente psicológico que es "dar sentido". Así que se encarga de la conexión específica como fenómenos determinados por la conciencia. esta es la diferencia con la psicología dado que esta trabaja sobre la base de considerar que los fenómenos humanos son objetivos, esto es, pueden ser estudiados al margen del sentido que los sujetos le dan a su propia conducta.

De acuerdo con Correas para el pensamiento weberiano la sociología se significa  como  la ciencia que aprecia el papel de la conciencia en la vida humana, el papel de la voluntad de dirigirse a otros al relacionarse con ellos. En contraste Durkheim la define como procesos sociales producidos mecánicamente, incluso para él los fenómenos ideológicos se dan involuntariamente.

Weber refuta el pensamiento mecanisista de Durkheim porque el estudio llano de los procesos sociales dejan de explicar la acción humana vista desde la intencionalidad de los sujetos.

Lo social según Marx.

Marx al explicar el funcionamiento del capitalismo encuentra que lo social es producto del hombre mismo, el valor, luego se vuelve en contra de él, como mercancía, y lo oprime.



Los hechos sociales según Durkheim.

Para este pensador el hecho social es la susceptibilidad de ejercer sobre el individuo una coacción exterior; o bien: que es general en el conjunto de una sociedad, conservando una existencia propia independiente de sus manifestaciones individuales.

Dos son entonces las características que definen al objeto de la Sociología, su coersibilidad, es decir su capacidad de imponerse coactivamente a los individuos, y su independencia u objetividad respecto de los mismos.

La Sociología Jurídica

Sociología Jurídica o Sociología del Derecho es una disciplina científica que intenta explicar las causas y efectos del derecho
“el ser así de las normas”



EL DERECHO ENTRE LA CAUSA Y EL REFERENTE

Causas


si para conocer las relaciones sociales hay que estudiarlas, y producir sobre ellas un discurso cientfico —y en eso consiste precisamente la Sociologia—,


los productores son políticos entre los cuales hay muy pocos científicos, entonces resulta perfectamente comprensible que el discurso del derecho no hable “científicamente” de las relaciones sociales sino que las falsee




las relaciones sociales como causa del discurso del derecho.

dialéctica sociedad derecho.

La Semiología se ocupa de la producción social de sentido.


El signo es un objeto material que está en lugar de una idea o una construcción cultural.

las palabras poseen significado mientras que los signos tienen sentido.


Es inexistente la relación directa entre el sentido del discurso del derecho y el referente o relaciones sociales.  La conexión entre ambos es una adjudicación realizada por el productor del discurso.



La Sociología sostiene que las relaciones sociales determinan las ideas que los hombres se hacen de las mismas. Y después el hablante se dirigiría al inundo. adjudicándole el sentido que, al parecer, previamente el mundo ha "puesto" es -“causa"- en la conciencia de ese hablante.


Para el discurso sociológico, efectivamente, las relaciones de producción son la “causa” de que estén ordenadas y prohibidas esas conductas ‘‘ no otras —sentido deóntico—, y también de que el productor o usuario del discurso posea esa versión distorsionada —sentido ideológico.


El sentido ideológico del derecho constituye una distorsión, ficcion o apariencia, lo cual sabernos porque aceptamos como descripción de las relaciones sociales, la misma que acepta el sociólogo.








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